El canal ético de denuncias para autónomos y pymes, te toque por plantilla o por tu sector

La Ley 2/2023 obliga a toda empresa de 50+ trabajadores, pero también, sin importar el tamaño, a notarías, asesorías, inmobiliarias, joyerías y demás sujetos obligados por la Ley 10/2010 de blanqueo de capitales. Actívalo hoy: denuncias anónimas, acuse de recibo automático, identidad cifrada y libro-registro. Todo lo que exige la ley, listo en 10 minutos.

Sin instalación, sin permanencia. Tu canal en una dirección propia: 1r9.com/tu-empresa

Ley 2/2023 · obligatorio con 50+ empleados o sin umbral si eres sujeto obligado Ley 10/2010 · notarías, asesorías, inmobiliarias y más RGPD y LOPDGDD · identidad cifrada

¿Tu actividad te obliga aunque seas pequeño?

Si eres «sujeto obligado» por la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales, la obligación de tener canal no depende de tu plantilla. Estos son los sectores con más pymes y autónomos afectados:

ART. 2.n

Notarías y registros

Notarios, registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.

ART. 2.m

Asesorías y auditoría

Auditores, contables externos y asesores fiscales que asesoran como actividad principal.

ART. 2.l

Inmobiliarias y promotoras

Intermediación en compraventa o alquiler desde 10.000 €/mes o 120.000 €/año.

ART. 2.ñ

Abogados y procuradores

Cuando gestionan operaciones inmobiliarias, societarias o cuentas de clientes.

ART. 2.q y 2.r

Joyerías y anticuarios

Comercio profesional de joyas, metales preciosos, arte o antigüedades.

ART. 2.x

Fundaciones y asociaciones

En los términos del artículo 39 de la Ley 10/2010.

Hay 25 categorías en total en el artículo 2. Consulta la lista completa y resuelve tus dudas →

Cada requisito de la ley, resuelto de serie

No es un formulario de contacto con otro nombre: cada pieza del sistema responde a un artículo concreto de la Ley 2/2023.

ART. 7 · FORMAS DE PRESENTACIÓN

Denuncias anónimas o identificadas

El informante elige. Si se identifica, sus datos se cifran con AES-256 y nunca se muestran en claro fuera del expediente autorizado.

ART. 9 · PLAZOS

Acuse de recibo automático

La ley da 7 días naturales para el acuse. Lo emitimos en el mismo segundo.

ART. 7.3 · COMUNICACIÓN

Diálogo incluso anónimo

Código y clave de seguimiento para que el informante lea tu respuesta sin desvelar quién es.

ART. 33 · CONFIDENCIALIDAD

Identidad protegida de verdad

La clave de cifrado vive fuera de la base de datos: ni un volcado de la BBDD revela identidades. Los adjuntos se guardan fuera de la web pública.

ART. 26 · LIBRO-REGISTRO

Trazabilidad completa

Recepción, accesos y cambios de estado quedan anotados con fecha y autor.

ART. 32 · RETENCIÓN

Supresión automática

Si un expediente no se tramita en 3 meses, los datos personales se suprimen solos.

Cómo funciona

Tres pasos y un cartel en el tablón de anuncios. Eso es todo.

Crea tu canal

Date de alta con tu correo, indica el nombre de tu empresa y quién será el Responsable del Sistema. Obtienes tu dirección propia: 1r9.com/tu-empresa.

Comunícalo a tu plantilla

Descarga el QR del canal para el tablón, la intranet o el pie de los contratos. Nosotros te damos también los textos de política del canal listos para usar.

Gestiona con plazos a la vista

Recibes cada comunicación en tu panel con su cuenta atrás legal. Respondes, investigas y cierras dejando constancia en el libro-registro.

Un precio para autónomos y pymes

El mejor precio del mercado. Nuestra obsesión es que cumplir la ley no sea un lujo.

19 €/mes
o 149 €/año (2 meses gratis) · IVA incluido
  • Canal con tu propia dirección y QR
  • Denuncias anónimas e identificadas ilimitadas
  • Acuse de recibo y avisos de plazos
  • Cifrado de identidad y adjuntos seguros
  • Libro-registro y retención automática
  • Textos legales del canal incluidos
Empezar ahora

Preguntas frecuentes

¿Mi empresa está obligada a tener canal de denuncias?

La obligación alcanza a todas las empresas con 50 o más trabajadores, y sin umbral de plantilla a las que operan en sectores como prevención de blanqueo de capitales (notarías, asesorías, inmobiliarias, joyerías...), servicios financieros, seguros, seguridad del transporte o medio ambiente. Además, muchas pymes lo implantan voluntariamente: es un requisito habitual en licitaciones y en los programas de compliance que atenúan la responsabilidad penal de la empresa (art. 31 bis del Código Penal).

Soy autónomo o tengo un despacho pequeño, ¿de verdad me toca a mí?

Si tu actividad está en el artículo 2 de la Ley 10/2010 —por ejemplo, eres notario, asesor fiscal, agente inmobiliario o joyero—, sí: la obligación depende de tu actividad, no de tu plantilla. Consulta aquí si tu sector está incluido.

¿Qué pasa si no lo tengo?

No disponer de un Sistema interno de información es infracción muy grave según la Ley 2/2023, con multas de hasta 1.000.000 € para personas jurídicas, además de posibles prohibiciones de contratar con el sector público.

¿Las denuncias pueden ser anónimas?

Sí. La ley obliga a admitir y tramitar comunicaciones anónimas. Nuestro sistema de código y clave permite además mantener un diálogo con el informante anónimo, algo que la ley también exige poder hacer.

¿Quién puede leer las denuncias?

Solo el Responsable del Sistema que tu empresa designe accede a los expedientes de su canal. La identidad del informante viaja cifrada y cada acceso queda registrado. Nosotros, como encargados del tratamiento, no accedemos al contenido salvo obligación legal.

¿Tengo que hacer algo más para cumplir?

Sí, dos gestiones que la herramienta te deja preparadas: aprobar formalmente la política del canal (te damos el modelo) y designar al Responsable del Sistema, cuya designación debe comunicarse a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) o al órgano autonómico competente.

¿Sirve para autónomos con empleados?

Sí. Aunque un autónomo con pocos empleados no suele estar obligado, cada vez más clientes y contratistas lo exigen en sus cadenas de proveedores, y tenerlo demuestra diligencia. El precio está pensado precisamente para ese caso.